
La transformación es el proceso que deben de llevar a cabo todas las compañías de adoptar uno de los nuevos tipos societarios que provee la Ley 479-08 modificada por la Ley 31-11, puede transformar su compañía S.R.L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada), E.I.R.L (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) o en SAS (Sociedad Anónima Simplificada).Su elección va a depender de las ventajas que les ofrezcan un tipo u otro a su negocio y de los cambios a realizar en el mismo.
NUEVO!
¿Existe alguna penalidad establecida en la ley por no transformar mi compañía?
No existe ninguna penalidad establecida por no transformar su compañía pero Ud. podría verse impedido a realizar sus actividades comerciales normalmente de no hacerlo. Actividades como: solicitud de préstamos bancarios, aperturas de cuentas, transacciones comerciales con otras empresas, se podrían ver afectadas ya que le van a solicitar sus documentos actualizados o en algunos casos le pueden solicitar un documento registrado en la Cámara de Comercio del domicilio de su empresa.
Pero más que nada debe de considerar el estado jurídico en el que va a quedar su compañía si no se transforma a uno de los modelos establecidos en la Ley 479-08 modificada por la Ley 31-11.
¿Qué le ofrecemos en SerLegal?
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En SerLegal nos encargamos del todo el proceso de transformación de su compañía desde sólo RD$23,500.00
*Estos precios son para compañías a ser transformadas en el Distrito Nacional. Para compañías a ser transformadas en el interior favor consúltanos.
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